Fuente: Departamentos de Comercio y del Tesoro (EEUU)
Haga clic en el icono para leer más.
Para ver el texto sin gráficos, haga clic aquí.
En todas las 12 categorías existentes de viajes autorizados, los viajes previamente autorizados con licencias específicas se autorizarán con licencias generales, sujetas a las condiciones del caso. Esto significa que las personas que cumplen con las condiciones de las normas no tienen necesidad de solicitar una licencia para viajar a Cuba.
Estas categorías son: Visitas familiares; asuntos oficiales del Gobierno de Estados Unidos, Gobiernos extranjeros y ciertas organizaciones intergubernamentales; actividad periodística; investigación profesional y reuniones profesionales; actividades educativas; actividades religiosas; actuaciones públicas, capacitación, talleres, competencias atléticas y de otro tipo, y exposiciones; apoyo al pueblo cubano; proyectos humanitarios; actividades de fundaciones privadas o institutos educativos o de investigación; exportación, importación o trasmisión de información o materiales informativos, y ciertas transacciones autorizadas de exportación.
Se dejará de aplicar el monto por día que anteriormente se imponía a los viajeros autorizados, y no hay un límite específico en dólares para gastos autorizados. Se permitirá que los viajeros autorizados hagan transacciones inherentes a los viajes a Cuba, lo que incluye el pago de gastos de subsistencia y la adquisición de productos en Cuba para consumo personal allá.
Además, ahora se permitirá que los viajeros usen tarjetas de crédito y débito de Estados Unidos en Cuba.
Se autorizará que los agentes de viajes y aerolíneas presten servicios autorizados de viajes y transporte aéreo sin la necesidad de licencias específicas de OFAC.
Se autorizará que las aseguradoras de Estados Unidos ofrezcan cobertura para pólizas generales de seguro médico, de vida o de viaje a personas que usualmente viven en terceros países y que viajan a Cuba o dentro de Cuba. Se continuará permitiendo los servicios relacionados al seguro de salud, vida y viaje para viajeros autorizados de Estados Unidos a Cuba.
Se permitirá que los viajeros autorizados de Estados Unidos a Cuba importen productos con un valor de hasta $400 que hayan adquirido en Cuba para su uso personal. Esto incluye bebidas alcohólicas y productos de tabaco con un valor máximo de $100.
A fin de prestar de la mejor manera servicios eficientes y adecuados de telecomunicaciones entre Estados Unidos y Cuba, una nueva licencia general de OFAC facilitará que se establezcan instalaciones comerciales de telecomunicaciones entre terceros países y Cuba, y dentro de Cuba.
Se autorizará sin necesidad de licencia la exportación comercial de ciertos artículos que contribuyen a la capacidad del pueblo cubano de comunicarse con personas dentro de Cuba, en Estados Unidos y el resto del mundo con una nueva excepción a la licencia del Departamento de Comercio ("Apoyo al Pueblo Cubano", o Support for the Cuban People o SCP). Esto incluirá la venta comercial de ciertos dispositivos de comunicación para consumidores, software, aplicaciones, equipos y servicios relacionados, y artículos para establecer y actualizar sistemas relacionados con las comunicaciones.
También se autorizarán con licencia general de OFAC los servicios adicionales inherentes a las comunicaciones basadas en Internet y relacionados con ciertas exportaciones y reexportaciones de artículos de comunicaciones.
Se autorizarán las ventas comerciales, como también donaciones, de la exportación y reexportación de dispositivos de comunicación para consumidores que permitan el flujo de información al pueblo cubano, del pueblo cubano y entre el pueblo cubano, como computadoras personales, teléfonos móviles, televisores, dispositivos de memoria, dispositivos de grabación y software para los consumidores, con una excepción a la licencia para Dispositivos de Comunicación para Consumidores (Consumer Communication Devices o CCD) del Departamento de Comercio, en vez de requerir licencias.
Se permitirá que las instituciones de depósito abran y mantengan cuentas correspondientes en una institución financiera nacional de Cuba para facilitar la tramitación de transacciones autorizadas.
Se autorizará que instituciones financieras de Estados Unidos inscriban a comerciantes y tramiten transacciones de tarjetas de crédito y débito relacionadas con viajes y otras transacciones conforme a la sección 515.560 de CACR. Estas medidas mejorarán la velocidad y eficiencia de los pagos autorizados entre Estados Unidos y Cuba.
Se aumentará de $500 a $2.000 por trimestre el límite de remesas bajo licencia general a ciudadanos de Cuba, a excepción de ciertos funcionarios del Gobierno cubano y el Partido Comunista de Cuba a quienes está prohibido enviarlas.
Se autorizará de manera general y sin limitación ciertas remesas a ciudadanos de Cuba para proyectos humanitarios, apoyo al pueblo cubano o el desarrollo de empresas privadas. Estas licencias generales permitirán remesas para proyectos humanitarios en Cuba o relacionados con Cuba que tengan como propósito beneficiar directamente al pueblo cubano; apoyar al pueblo cubano por medio de actividades de organizaciones reconocidas de Derechos Humanos, organizaciones independientes con el propósito de promover una transición rápida y pacífica a la democracia, y actividades de personas particulares y organizaciones no gubernamentales que promueven la actividad independiente para reforzar la sociedad civil en Cuba y el desarrollo de empresas privadas, incluidas granjas pequeñas.
Se permitirá que los viajeros autorizados lleven consigo a Cuba un total de $10.000 en remesas familiares, remesas periódicas, remesas a organizaciones religiosas en Cuba y remesas a estudiantes en Cuba de conformidad con una licencia educativa.
Bajo una licencia general más extensa, se permitirá que las instituciones bancarias, incluidos los corredores o agentes de valores inscritos en Estados Unidos y los tramitadores de dinero inscritos en Estados Unidos, tramiten remesas autorizadas a Cuba sin necesidad de solicitar una licencia específica.
Se autorizará a las entidades en terceros países de propiedad o bajo el control de entidades estadounidenses, incluidos los bancos, que proporcionen productos y servicios a personas particulares de nacionalidad cubana que estén fuera de Cuba, siempre que la transacción no conlleve la importación o exportación de productos o servicios a Cuba.
OFAC autorizará de manera general que se descongelen las cuentas de ciudadanos cubanos que se han mudado permanentemente fuera de Cuba.
OFAC está emitiendo una licencia general que autorizará transacciones relacionadas con conferencias en terceros países a las que acudan ciudadanos cubanos.
Además, una licencia general autorizará que embarcaciones extranjeras ingresen a Estados Unidos tras ciertos tipos de intercambio comercial con Cuba.
Se autorizarán ciertos proyectos de microfinanciamiento y capacitación empresarial y comercial, como empresas privadas y operaciones agrícolas.
Además se autorizará la importación comercial de ciertos productos y servicios de empresarios cubanos independientes, según lo determine el Departamento de Estado en una lista que publicará en su sitio de Internet.
Se está redefiniendo la interpretación normativa de “anticipos de dinero en efectivo”: Ya no “efectivo antes del envío” sino “efectivo antes de la transferencia del título y control de” los artículos exportados para permitir mayor financiamiento de comercio autorizado con Cuba.
El Presidente anunció la reanudación de relaciones diplomáticas con Cuba. Para facilitar ese proceso, OFAC está agregando una licencia general que autoriza transacciones con misiones oficiales cubanas y sus empleados en Estados Unidos.
Además, en un esfuerzo por apoyar importantes intereses del Gobierno de Estados Unidos, una licencia general más extensa autorizará transacciones relacionadas con Cuba por empleados, licenciatarios y contratistas del Gobierno de Estados Unidos, Gobiernos extranjeros y ciertas organizaciones internacionales en su capacidad oficial.
Cumplirán con los requisitos para una licencia conforme a la excepción para SCP del Departamento de Comercio la exportación y reexportación con el fin de apoyar al pueblo cubano en tres esferas: Mejorar las condiciones de vida y apoyar la actividad económica independiente; reforzar la sociedad civil; y mejorar las comunicaciones.
SCP autorizará, para mejorar las condiciones de vida y apoyar la actividad económica independiente: (1) Materiales, equipo y herramientas de construcción para su uso por el sector privado, a fin de construir o renovar edificios privados, incluidas residencias, negocios, lugares de culto y edificios privados, para fines sociales o recreativos en el sector privado; (2) herramientas y equipo para la actividad agrícola privada; y (3) herramientas, equipo, suministros e instrumentos para su uso por empresarios del sector privado.
Para reforzar la sociedad civil, SCP autorizará la exportación y reexportación de artículos donados y la exportación y reexportación temporal por viajeros a Cuba de artículos para su uso en actividades científicas, arqueológicas, culturales, ecológicas, educativas, deportivas o de preservación histórica. SCP también autorizará la exportación y reexportación a organizaciones de Derechos Humanos, personas particulares y organizaciones no gubernamentales que promuevan actividades independientes cuyo propósito es reforzar la sociedad civil.
Los viajeros también podrán exportar temporalmente artículos para su uso en investigación profesional en la profesión del viajero o campo de estudio a tiempo completo conforme a SCP. Las actividades o investigación no deben estar relacionadas con artículos en la Lista de Municiones de Estados Unidos (United States Munitions List) o artículos controlados por motivos de confidencialidad en la Lista de Comercio Controlado (Commerce Control List).
A fin de mejorar las comunicaciones, SCP autorizará la exportación y reexportación de artículos para su uso por el personal de prensa y oficinas de medios noticiosos de Estados Unidos.
SCP no autorizará la exportación de artículos en la Lista de Comercio Controlado por motivos de confidencialidad como seguridad nacional, proliferación nuclear, estabilidad regional, tecnología de misiles y otros motivos de similar confidencialidad.
Los envíos consolidados de paquetes de regalos reunirán los requisitos para la misma excepción de la licencia del Departamento de Comercio que autoriza los paquetes individuales de regalo.
El Departamento de Comercio establecerá una política general de aprobación de solicitudes para la exportación o reexportación de artículos necesarios para la protección ambiental o mejoras a la calidad de litorales, aire y agua internacionales y de Estados Unidos (incluidos artículos que mejoran la calidad ambiental por medio de la eficiencia energética).
Icons made by Freepik from www.flaticon.com is licensed under CC BY 3.0. Exceptions: Telecommunications icon credit: Icons made by Daniel Bruce from www.flaticon.com is licensed by CC BY 3.0. Computer icon credit: Icon made by Situ Herrera from www.flaticon.com is licensed under CC BY 3.0. Remittance and handshake icon credit: Icon made by Icons8 from www.flaticon.com is licensed under CC BY 3.0