Cuba decretó el receso laboral el próximo 18 de abril con motivo de la celebración del Viernes Santo de acuerdo con la resolución aprobada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, difundida este martes en los medios oficiales.
La resolución establece el receso de las actividades laborales, “con excepción de las labores relacionadas con la zafra azucarera y otros trabajos agropecuarios urgentes, industrias de proceso de producción continua, labores urgentes de carga y descarga, servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable, hospitalarios y asistenciales, farmacias y expendios de gasolina, funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicio de hospedaje, comunicaciones, transmisiones de radio y televisión, centros de recreación y atracciones turísticas, acopio y distribución de leche y demás servicios públicos básicos, y actividades de pesca y otras autorizadas por la ley”.
“Los trabajadores que están exceptuados de recesar reciben su salario según las formas y sistemas de pago aplicados en su centro de trabajo”, agrega la Resolución.
El nuevo Código de Trabajo, aprobado el pasado mes de diciembre por la Asamblea Nacional del Poder Popular y que entra el vigor a partir del 1ro. de junio próximo, establece como día de receso laboral el Viernes Santo de cada año.
Por su parte la Conferencia de Obispos Católicos de Cuba informó en su sitio web que “la televisión cubana retransmitirá, el miércoles 16 de abril a las 9:00 pm por el Canal Educativo, la escenificación de la Pasión del Señor” que se realizó el Lunes Santo en la Catedral de la Habana.
La resolución establece el receso de las actividades laborales, “con excepción de las labores relacionadas con la zafra azucarera y otros trabajos agropecuarios urgentes, industrias de proceso de producción continua, labores urgentes de carga y descarga, servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable, hospitalarios y asistenciales, farmacias y expendios de gasolina, funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicio de hospedaje, comunicaciones, transmisiones de radio y televisión, centros de recreación y atracciones turísticas, acopio y distribución de leche y demás servicios públicos básicos, y actividades de pesca y otras autorizadas por la ley”.
“Los trabajadores que están exceptuados de recesar reciben su salario según las formas y sistemas de pago aplicados en su centro de trabajo”, agrega la Resolución.
El nuevo Código de Trabajo, aprobado el pasado mes de diciembre por la Asamblea Nacional del Poder Popular y que entra el vigor a partir del 1ro. de junio próximo, establece como día de receso laboral el Viernes Santo de cada año.
Por su parte la Conferencia de Obispos Católicos de Cuba informó en su sitio web que “la televisión cubana retransmitirá, el miércoles 16 de abril a las 9:00 pm por el Canal Educativo, la escenificación de la Pasión del Señor” que se realizó el Lunes Santo en la Catedral de la Habana.