El periódico “Juventud Rebelde” del sábado 16 de agosto publica una información bajo el título “Abogados, notarios y consultores jurídicos a la detección de posibles delitos”. Según plantea la nota, los mencionados profesionales cubanos “están en la obligación "de reportar las operaciones que puedan presumirse de lavado de activos, financiamiento al terrorismo, proliferación de armas y otras relacionadas de similar gravedad que conozcan por razón del ejercicio de sus atribuciones y obligaciones".
Lo primero a señalar es que no ha resultado posible consultar el texto íntegro de la Resolución número 175 de 2014 de la Ministra de Justicia, que establece esas reglas. La versión impresa de la Gaceta Oficial de la República salía religiosamente cada día —como cualquier periódico que se respete— durante el período que nuestro pueblo, de manera sarcástica, denomina “la Época de los Malos”. Ahora acumula un atraso de semanas.
Por otra parte, quien intente entrar al sitio web www.gacetaoficial.cu, verá un cartel; según él, “se encuentra en mantenimiento”. Mi colega agramontista René Lázaro López Benítez, que realiza una meticulosa labor de monitoreo de ese portal, me informa que esa situación se mantiene desde el 20 de junio; es decir, hace la friolera de dos meses.
La única versión con la que contamos es pues, la del mencionado “diario de la juventud cubana”. Hechas esas salvedades, se imponen algunas preguntas: Este descarnado intento de incrementar el cuerpo nacional de delatores con los aludidos profesionales del derecho, ¿tiene algún viso de legalidad? Las facultades reglamentarias que otorgan los cuerpos legales que invoca la Resolución, ¿facultan a dictar una medida de ese tipo?
Se supone que si algún alto funcionario del gobierno comunista debe interesarse por esas interrogantes es quien encabece el Ministerio de Justicia. Según la Ley, su función primordial es la de servir como gran asesor jurídico del Estado Cubano. Pero ya se sabe que la ciencia del derecho no despierta especiales simpatías dentro del castrismo. La increíble consigna “¿Abogados para qué?”, ¿no fue enarbolada en su momento por el mismísimo fundador de la dinastía pese a su condición de graduado en leyes?
Si la estudiamos a la luz de los principios históricos del ejercicio de la profesión legal y de los documentos internacionales que regulan su práctica, la nueva Resolución no resiste el menor análisis. El secreto entre el abogado y su cliente constituye el basamento mismo de la relación entre ambos: el sentido de la actuación del primero es hacer uso de su conocimiento de la Ley para alertar a su patrocinado sobre las posibles consecuencias jurídicas de sus actos; no para delatarlo ante un órgano estatal.
Incluso en el derecho cubano esa peculiar naturaleza de los vínculos jurista-usuario había sido respetada hasta ahora. La Ley de Procedimiento Penal exime a los abogados de denunciar y de declarar como testigos; el código de trámites civiles, al dispensar de esa obligación a todo el que tenga interés directo en el pleito, establece en esencia lo mismo. La Ley Procesal Penal Militar contiene disposiciones análogas.
Por su parte, la legislación criminal, que castiga el incumplimiento del deber de denunciar, excluye de ser penados por ese concepto a los hombres de leyes involucrados. Es verdad que todo lo anterior está previsto también para los parientes cercanos, aunque ello no impidió que en la tristemente célebre Causa número 1 el general Patricio de la Guardia fuese sancionado por no informar sobre los malos manejos en los que andaba su hermano gemelo Tony.
Pero hasta el momento se había respetado la actuación de los letrados en sus relaciones con los clientes. Ahora se enturbia esa faceta del trabajo jurídico. Como la decisión ha sido firmada por una colega, cabe aplicar el refrán: No hay peor cuña que la del mismo palo. Los potenciales usuarios no verán ya en el jurista al profesional que puede asesorarlos con acierto y guiarlos por el laberinto de las disposiciones legales, sino a un vulgar soplón encargado de denunciarlos.
Una de las características del actual régimen ha sido su constante encumbramiento de la delación. La más nutrida “organización de masas” creada por el régimen —los Comités de Defensa de la Revolución— surgió con el deliberado propósito de vigilar a los vecinos desafectos e informar sobre su conducta, tal y como anunció el Máximo Líder en el mismo discurso en el que lanzó la idea.
Por su parte, en los seriales policiacos cubanos también se enaltece la labor del confidente como bastión fundamental en la lucha contra el delito. Pero la reciente Resolución de la Ministra de Justicia conduce a nuestro país hacia nuevas cumbres de chivatería.
Este artículo fue publicado originalmente en Misceláneas de Cuba el 27 de agosto de 2014.