Estados Unidos oficializó el jueves la salida de Cuba de la lista de Estados Patrocinadores del Terrorismo al publicar la comunicación al respecto del Secretario de Estado John Kerry en su gaceta oficial, el Registro Federal.
La nota titulada "Rescisión de determinación con respecto a Cuba" pone fin a la decisión de incluir a la isla en esa lista negra, adoptada por el Gobierno de Ronald Reagan el 29 de mayo de 1982 y que continuó vigente por los siguientes 33 años.
El Secretario de Estado precisa que el retiro de Cuba de la relación satisface lo que estipulan la sección 620-Ainciso C de la Ley de Asistencia Exterior de 1961 y la Sección 40, inciso F de la Ley de Control de Exportación de Armas.
La primera prohíbe a Estados Unidos suministrar ayuda exterior a un país cuyo Gobierno, según determinación del Secretario, haya apoyado reiteradamente actos de terrorismo internacional, a menos que la determinación sea rescindida siguiendo los pasos previstos en la ley o que el Presidente, en consulta con los comités de Exteriores de ambas cámaras del Congreso, haga una exención por razones humanitarias o de interés nacional.
No obstante, es poco probable que Estados Unidos pueda ofrecer asistencia directa a Cuba debido a que otras leyes como la de Libertad y Solidaridad para Cuba de 1996, o Helms-Burton, lo prohíben. La rescisión abriría la puerta para que Washington autorice que La Habana reciba préstamos de los organismos financieros multilaterales como el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.
La presencia de Cuba también la sujetaba a la Ley de Control de Exportación de Armas, que prohíbe a las dependencias y funcionarios del Gobierno y a las personas jurídicas y naturales de Estados Unidos exportar, vender, alquilar, prestar o regalar a los países designados como patrocinadores del terrorismo cualquiera de los renglones incluidos en la llamada "Lista de artículos de munición" de Estados Unidos. Esta es una relación de artículos, servicios y tecnologías designadas por el Gobierno Federal como relacionadas con la defensa y el espacio.
El Departamento de Estado envió su notificación al Registro Federal sobre la rescisión de Cuba el día 29 de mayo, cuando venció el plazo de 45 días de la notificación del Presidente al Congreso, pero para que fuera oficial se requería su publicación en la gaceta oficial.