Cuba: Panorama de los presos y presas de conciencia bajo el gobierno del presidente Miguel Díaz-Canel
INTRODUCCIÓN
En 2016, en una infrecuente conferencia de prensa con Barack Obama, presidente de Estados Unidos, el presidente cubano Raúl Castro seguía negando tajantemente que hubiera “presos políticos” en Cuba.
Sin embargo, en los últimos cuatro años, Amnistía Internacional ha adoptado 12 presos y presas de conciencia en Cuba, y probablemente hay muchos más. Amnistía Internacional pide la libertad inmediata e incondicional de todos los presos y presas de conciencia, ya que han sido privados de su libertad sólo por ejercer pacíficamente sus derechos humanos.
Poco más de un año después de la toma de posesión del presidente Miguel Díaz-Canel, la ONG cubana Cuban Prisoners Defenders afirma que hay al menos 71 personas encarceladas en virtud de cargos de motivación política.
Habiendo estudiado sólo unos cuantos de esos casos, en los que se pudieron analizar las sentencias judiciales oficiales y otra documentación disponible, Amnistía Internacional considera que las personas que figuran en la siguiente lista son presos de conciencia, es decir, personas encarceladas únicamente por el ejercicio pacífico de sus derechos humanos.
Sin poder acceder al país, y dado el estrecho control que las autoridades cubanas continúan ejerciendo sobre la abogacía y la judicatura, Amnistía Internacional se encuentra con graves obstáculos para documentar los casos de las personas encarceladas únicamente por motivos políticos, y por tanto es muy probable que haya muchos más casos de presos y presas de conciencia de los que nuestra organización ha podido documentar.
Según la información de que dispone Amnistía Internacional, todos los presos políticos de la lista son miembros de grupos políticos de oposición no reconocidos por las autoridades. Todos han sido encarcelados por delitos no reconocibles internacionalmente que han sido utilizados durante décadas en Cuba para silenciar las voces críticas.
Amnistía Internacional pide que se modifiquen las leyes penales de Cuba para retirar disposiciones que no se ajustan al derecho internacional, como las que desarrollan las figuras de “peligrosidad” y “desacato”.
INFORMACIÓN GENERAL: LEYES PENALES QUE SE UTILIZAN PARA SILENCIAR EN CUBA
RESISTENCIA Y DESÓRDENES PÚBLICOS
Disposiciones del Código Penal cubano tales como “resistencia” a funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones y “desórdenes públicos” se utilizan desde hace décadas para reprimir el derecho a la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación en Cuba.
DESACATO
El delito de “desacato” (artículo 144.1 del Código Penal de Cuba) es una restricción indebida del derecho a la libertad de expresión, ya que las autoridades públicas deben tolerar más críticas que las personas particulares.
El uso de leyes sobre difamación con el fin o el efecto de impedir las críticas al gobierno o a cargos públicos viola el derecho a la libertad de expresión.
PELIGROSIDAD
Las disposiciones sobre “peligrosidad” se encuentran en los artículos 78-84 del Código Penal. Son disposiciones imprecisas y subjetivas que permiten su aplicación arbitraria por las autoridades.
El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria ha manifestado que las detenciones en Cuba son arbitrarias “al privarse de libertad a personas, y por largo tiempo, bajo el argumento de su supuesta peligrosidad y sin referirse a hechos concretos definidos con la rigurosidad que exige el derecho penal internacional, al menos desde el siglo XVIII, y que hoy es asumido por la Declaración Universal de Derechos humanos en su artículo 11, párrafo 2”.
Además, Amnistía Internacional ha documentado cómo utilizan las autoridades el despido en el empleo estatal y el acoso de las personas cuentapropistas en el incipiente sector privado como tácticas de control del derecho a la libertad de expresión que dejan sin empleo a muchas personas críticas con el modelo económico o político del Estado.
En la motivación de muchas condenas por “peligrosidad” analizadas por Amnistía Internacional, el tribunal hace mención al hecho de que la persona acusada no trabaja. Dado que quienes critican abiertamente al gobierno suelen ser objeto de tales despidos, esto, a su vez, facilita que las autoridades puedan encarcelar a las voces disidentes por “peligrosidad”.
PRESOS DE CONCIENCIA
1. Josiel Guía Piloto (hombre) es presidente del Partido Republicano de Cuba y cumple una condena de cinco años por “desórdenes públicos” y “desacato”.
Josiel fue detenido tras criticar al expresidente Fidel Castro el 1 de diciembre de 2016. Según su madre, también activista contra el gobierno cubano, unos funcionarios lo golpearon en la cárcel, provocándole lesiones en el pulmón izquierdo. El 11 de junio de 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dictó medidas cautelares para respetar y proteger sus derechos a la salud, la vida y la integridad física.
2. Silverio Portal Contreras (hombre), ex activista de las Damas de Blanco, cumple 4 años de condena por “desacato” y “desórdenes públicos”.
Según un documento judicial, Silverio fue detenido el 20 de junio de 2016 en la Habana Vieja por gritar “¡Abajo Fidel Castro, abajo Raúl...!”. En el documento se afirma que el comportamiento del acusado es especialmente ofensivo por haberse producido en una zona turística y se describe al acusado como una persona de conducta social y moral reprobable, señalando que no participa en las actividades en favor del gobierno. Según la esposa de Silverio, antes de ser detenido su marido había hecho campaña contra el derrumbamiento de edificios ruinosos en La Habana.
3. Mitzael Díaz Paseiro (hombre) es miembro del Frente Nacional de Resistencia Cívica Orlando Zapata Tamayo (FNRC-OZT) y desde 2017 cumple una condena de cuatro años por “peligrosidad”.
Mitzael Díaz Paseiro es un activista político que hacía campaña contra la postura del gobierno en el proceso de reforma constitucional. Según su esposa, antes de ser encarcelado, la policía lo había detenido varias veces por su activismo. Según documentos judiciales que Amnistía Internacional pudo analizar, Mitzael fue encarcelado por “peligrosidad” debido a, entre otras cosas, no tener trabajo, reunirse “con ciudadanos de pésima moralidad y conducta”, consumir alcohol con frecuencia y utilizar un lenguaje soez. La esposa de Mitzael afirma que su marido padece del corazón y que ha sido golpeado en la cárcel por los funcionarios debido a sus ideas.
4. Eliecer Bandera Barrera (hombre), activista de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU) desde 2015, cumple condena por “peligrosidad” hasta el año 2021.
Eliecer fue detenido en septiembre de 2016 tras haber filmado vídeos para UNPACU sobre las condiciones de los trabajadores internados en campos de trabajo, según afirma su esposa. Eliecer fue condenado a cuatro años de cárcel por el Tribunal Municipal de Río Cauto en 2016, y posteriormente a 10 meses más por escaparse del campo de trabajo para llamar por teléfono a un familiar enfermo, tras de lo cual regresó voluntariamente. Según la sentencia, durante el tiempo que estuvo preso por “peligrosidad”, Eliecer “no participa en las actividades políticas y educativas” [...] “mostrando irrespeto por los funcionarios que lo custodiaban”. Además, había sido condenado previamente por “resistencia” en 2003.
5. Edilberto Ronal Arzuaga Alcalá (hombre) es un activista de UNPACU, encarcelado, según los informes, por no pagar una multa.
Según informes recibidos por Amnistía Internacional, Edilberto lleva encarcelado desde diciembre de 2018 por no pagar unas multas relacionadas con la presunta distribución de carteles políticos. Últimamente participó en la campaña “Cuba Decide” e hizo campaña contra la postura del gobierno en el reciente proceso de reforma constitucional.
Según Cuba Prisoners Defenders, Edilberto fue detenido el 24 de diciembre de 2018, cuando filmaba testimonios de personas que debatían sobre el proceso de reforma constitucional en un mercado público en la ciudad de Camagüey. Lo llevaron a la cárcel y después lo condenaron a 14 meses de prisión por no pagar unas multas que tenía pendientes.
El 22 de abril de 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dictó medidas cautelares pidiendo a las autoridades cubanas que respetaran y protegieran los derechos de Edilberto a la salud, la vida y la integridad física.
RECOMENDACIONES
Estos cinco casos muestran que, aunque el liderazgo en Cuba haya cambiado, continúa la práctica de restringir ilegítimamente la libertad de expresión y asociación. Por consiguiente, entre otras recomendaciones clave presentadas en nuestra agenda de derechos humanos para Cuba6 , instamos al gobierno cubano a:
1. poner en libertad inmediata e incondicional a todos los presos y presas de conciencia, encarcelados exclusivamente por ejercer de forma pacífica su derecho a la libertad de expresión, asociación y reunión pacífica, y revocar sus condenas;
2. garantizar que, hasta su puesta en libertad, los presos y presas de conciencia están protegidos frente a la tortura y otros malos tratos y se les permite acceder a sus familiares, a un abogado o abogada de su elección y a atención médica adecuada, así como que el trato que reciben es conforme con las Reglas Mínimas de la ONU para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela);
3. garantizar el derecho a la libertad de expresión, reunión y asociación en Cuba, también para quienes manifiestan su disidencia, su oposición o su activismo, y derogar toda la legislación que limite indebidamente estos derechos.