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Estas son las nuevas actividades prohibidas por el Gobierno en el sector privado en Cuba


Vendedor ambulante en una calle de La Habana. (REUTERS/Alexandre Meneghini/Archivo)
Vendedor ambulante en una calle de La Habana. (REUTERS/Alexandre Meneghini/Archivo)

Más de 100 actividades quedarán fuera de la lista de los negocios privados que pueden emprender los cubanos cuando la nueva regulación al sector entre en vigor, el próximo 19 de septiembre.

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Las nuevas restricciones al sector privado en Cuba que entrarán en vigor el 19 de septiembre próximo amplían a 125 la lista de actividades prohibidas para las Mipymes, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia.

Entre las nuevas actividades prohibidas al sector privado figuran la fabricación de calzado ortopédico especializado, de equipos médicos, así como la reparación, mantenimiento e instalación de los mismos.

Los materiales odontológicos, insumos médicos y material gastable para uso exclusivo de la salud humana solo podrán comercializarse al sistema de salud pública.

La extracción de madera y otras actividades forestales quedan prohibidas según las nuevas disposiciones, recogidas en el Decreto 107/2024. También la pesca de ciertas especies protegidas.

Los actores económicos no estatales tampoco podrán gestionar sistemas de alcantarillado y de instalaciones de tratamiento de aguas residuales en aquellos asentamientos cuya población supere el número de 1.000 habitantes.

Para el caso específico de los trabajadores por cuenta propia, queda prohibida la realización del comercio al por mayor.

También quedó prohibida para el sector privado la constitución de academias. La normativa señala que las formas de gestión no estatales no titulan en ninguna de las modalidades docentes ni emiten certificados de cursos o talleres. De igual forma, se especifica que los profesores de música y otras artes no pueden realizar esta actividad en instituciones estatales.

En la lista de prohibiciones al sector no estatal también aparecen la convocatoria y organización de eventos internacionales, así como el desarrollo de actividades de programación cultural de música, artes escénicas, libros, artes plásticas, cine, patrimonio y trabajo cultural comunitario; y las actividades de grupos, circos o compañías, orquestas o bandas.

Se prohíbe, además, el ejercicio profesional con fines de comercialización sin representación estatal a artistas, sea de forma individual o colectiva, con excepción de lo previsto para el creador audiovisual y cinematográfico independiente en el Decreto-Ley 373 “Del Creador Audiovisual y Cinematográfico Independiente”, de 25 de marzo de 2019.

Tampoco se autoriza la conformación, promoción y comercialización de catálogos de artistas y otras especialidades artísticas.

El economista cubano Pedro Monreal indicó en su cuenta de X que más de la mitad de las prohibiciones contenidas en estas nuevas regulaciones se concentran en sectores productivos claves como el agropecuario y la industria, “que presentan severas limitaciones en cuanto a capacidad de oferta y que repercuten directamente en las carencias materiales de los ciudadanos”.

El Decreto 107/2024 también agrega restricciones a actividades permitidas para el sector no estatal. Según Monreal, casi la mitad de estas están asociadas al desarrollo del comercio.

En el caso de la agricultura, se pueden realizar actividades agropecuarias y de producción de carbón vegetal y leña mientras no se rompa el esquema existente hoy para la base productiva y se cumpla lo previsto para el uso de la tierra. El carbón vegetal para la exportación solo pueden comercializarlo sus productores, y la miel solo puede ser comercializada a empresas estatales. Se agrega la restricción de venta de tabaco en rama.

Entre las nuevas restricciones aparecen también la prohibición de venta de mercancías (al por menor y al por mayor) adquiridas en la red de comercio minorista; la restricción de venta de medios no tripulados (aéreos, terrestres y marítimos); y la restricción de venta de medios técnicos y equipamientos de seguridad y protección física.

Según las nuevas reglas, las actividades de portero, cuidador de inmuebles y edificios múltiples, y sereno solo pueden ejercerse por la modalidad de trabajo por cuenta propia. Lo mismo ocurre con las actividades de profesores de idioma, repasadores, taquigrafía, mecanografía, de música y otras artes.

Las nuevas prohibiciones se incluyen en un paquete de medidas que, según expertos, buscan arrinconar aún más al sector privado en Cuba. La movida gubernamental contempla además la creación del Instituto Nacional de Actores Económicos no Estatales, que será dirigido por Mercedes López Acea, exvicepresidenta del régimen cubano.

“Están convirtiendo el sector privado en Cuba, de por sí limitado, en un homólogo del sector empresarial estatal, en términos de libertad”, dijo el economista Miguel Alejandro Hayes.

En los últimos meses el Gobierno cubano ha endurecido la persecución contra los negocios privados y otras formas de gestión no estatal con la excusa de proteger a la población de los “precios abusivos”. La ofensiva ha traído consigo multas a dueños de mipymes y trabajadores por cuenta propia, el decomiso de mercancía y el cierre de establecimientos.

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