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La dictadura recurre a esta figura penal para juzgar a opositores


El activista Alexander Fábregas Milanés.
El activista Alexander Fábregas Milanés.

La Propaganda contra el orden constitucional es una figura penal que tiene como objetivo castigar el ejercicio efectivo de la libertad de asociación, la libertad de expresión y derechos políticos como el sufragio tanto activo como pasivo y la participación en la vida política.

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El Tribunal Provincial de Villa Clara dejó concluso para sentencia el juicio al activista Alexander Fábregas Milanés, al que la Fiscalía acusó de Propaganda contra el orden constitucional. Alain Espinosa, abogado del Centro de Asesoría Legal, Cubalex, alertó del uso indiscriminado de este delito por parte de las autoridades.

“Lo primero que está evidenciando es la voluntad política del Estado cubano de no respetar los derechos humanos de sus ciudadanos y además de esto, utilizar la ley penal, no solamente como medio de castigo ante el ejercicio efectivo de Derechos Humanos, sino también para ejercer control sobre la ciudadanía y lograr un efecto inhibitorio a punto de partida de este miedo provocado”, afirmó a Martí Noticias el especialista.

En sus conclusiones provisionales, a las que nuestra redacción tuvo acceso, el órgano acusador solicita siete años de privación de libertad para Fábrega Milanés del que asevera que “con el marcado ánimo de inducir a las personas a atentar contra la estabilidad social y el orden del Estado socialista”, lanzó mensajes en directo por Facebook en los que “arremete” contra el gobernante Miguel Díaz –Canel, cuestionando el sistema político del país e instando al pueblo a salir a las calles a “provocar un desorden social”.

En este sentido el jurista remarcó que el delito de Propaganda contra el orden constitucional no debería estar regulado en el ordenamiento penal cubano, porque del modo en que está descrito evidencia ambigüedad y falta de definición en cuanto a los actos específicos que pueden constituirlo.

“En todo caso, lo que debería criminalizarse, serían los mensajes de odio y no hacer una propaganda contra un orden constitucional que no está atemperado a los estándares internacionales, sobre todo a punto de partida de esta cláusula de intangibilidad del Artículo 4 que pondera una ideología política o un sistema político sobre los derechos de todos los ciudadanos”.

El artículo 4 de la Constitución de la República de Cuba establece que la defensa de la patria socialista es un "deber supremo" de los cubanos y que el sistema socialista que refrenda la Constitución es irrevocable.

La petición fiscal asegura que Fábregas no asiste a las actividades de las organizaciones de masas, no se relaciona con los vecinos y no trabaja.

El joven, de 34 años, ya había cumplido una condena de 9 meses de prisión por el delito de “instigación a delinquir” tras realizar una transmisión en vivo a través de Facebook en medio de las protestas populares del 11 de julio de 2021 en la ciudad de Sancti Spíritus.

El nuevo Código Penal sanciona por “propaganda contra el orden constitucional” a entre tres y diez años de privación de libertad a todo aquel que “incite contra el orden social, la solidaridad internacional o el Estado socialista”, ya sea de forma oral o escrita.

Por tal delito fueron sentenciados o están siendo procesados al menos una veintena de cubanos que están recluidos en establecimientos penitenciarios.

En enero fueron sancionados, a cuatro y cinco años de cárcel, los activistas tuneros Cristhian de Jesús Peña Aguilera y Félix Daniel Pérez Ruiz.

En La Habana, recibió su sentencia firme de ocho años de privación de libertad Onaikel Infante Abreu. Mientras espera su final condena Sulmira Martínez Pérez. Desde 2023, Migdel Martínez del Toro, Yasmany González, Jorge Luis Boada Valdés, Carlos Terán Izquierdo y Luis Andrés Domínguez Sardiñas extinguen sentencias por Propaganda contra el orden constitucional.

También de la capital cubana los activistas José Antonio Pompa López y Lázaro Mendoza García, así como Daniel Alfaro, de Artemisa, han estado por meses bajo proceso de investigación penal bajo el cargo de "Otros delitos contra la seguridad del Estado, que incluye el de “Propaganda contra el orden constitucional”.

Otros cinco opositores habaneros William Cepero García, Josiel Guía Piloto, Lázaro Romero Piloto, Alain Yosvani Cruz Suescum y Jesús Alfredo Pérez Rivas, cumplen prisión por el mismo delito.

“Básicamente es una figura penal que está incluida dentro de nuestro ordenamiento jurídico, con el único objetivo de reprimir o castigar el ejercicio efectivo de derechos básicos, como pueden ser los derechos a la libertad de asociación, la libertad de expresión e incluso aquellos derechos políticos como pueden ser el sufragio tanto activo como pasivo y la participación en la vida política, sobre todo en cuanto a la participación popular”, señaló el abogado de Cubalex a nuestra redacción.

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    Yolanda Huerga

    Yolanda Huerga nació en Bayamo, Granma, Cuba. Se graduó en Filología y Lingüística en la Universidad de Oriente en 1989. Durante casi 20 años trabajó en el sistema de bibliotecas públicas de la isla. En 2003, fundó junto a otras mujeres el movimiento Damas de Blanco, organización que recibió en 2005 el Premio a la Libertad de Conciencia Andrei Sakharov del Parlamento Europeo. En 2005 viajó a Estados Unidos junto su hijo y su esposo, el poeta y periodista Manuel Vázquez Portal, condenado a 18 años durante la Primavera Negra de Cuba. Desde 2008 trabaja en Miami, en la Oficina de Transmisiones a Cuba, como periodista de Radio Martí. Recibió en 2021 el Premio Burke a la Excelencia Periodística que otorga la Agencia de Estados Unidos para Medios Globales.

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