La Comisión de Derechos Humanos de la ONU reconoció formalmente por primera vez el derecho a la objeción de conciencia (OC) el 10 de marzo de 1987, e hizo un llamamiento a los Estados miembros para que la respetasen.
Se han realizado esfuerzos constantes antes y después para pedir el reconocimiento de la OC y la adopción de disposiciones legales al respecto, a nivel internacional y regional.
En muchos países ―sobre todo europeos, aunque no exclusivamente―, los movimientos contra el servicio militar obligatorio y a favor de la objeción de conciencia han dado sus frutos: fueron parte del proceso que obligó a poner fin o suspender el servicio militar obligatorio (por ejemplo, como ha sucedido en los últimos 20 años en Bulgaria, Bosnia y Herzegovina, Croacia, la República Checa, Francia, Alemania, Hungría, Italia, Letonia, Macedonia, Montenegro, Polonia, Portugal, Rumanía, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, España y Suecia, Marruecos, Perú y Argentina). Estos son algunos ejemplos claros del antimilitarismo que está acabando con la conscripción (cabe citar también la estrategia de insumisión en España y en Serbia, por ejemplo).
Sin embargo, el rechazo a la idea de tener que alistarse personalmente en el ejército, y la oposición a la violencia armada para todos, se remonta a mucho tiempo antes. Existe constancia de que Maximiliano de Tébessa fue uno de los primeros “objetores de conciencia”, al negarse a formar parte del ejército romano cuando este se encontraba en busca de soldados para engrosar sus filas en Numidia (actual Argelia) en el año 295 de nuestra era. Al manifestar que, como cristiano, no podía utilizar la violencia, fue ejecutado.
En Cuba los primeros objetores de conciencia desde que se inició el servicio militar obligatorio, (nombre que después se cambió a servicio militar general por el régimen para ocultar sus violaciones a los derechos humanos), fueron principalmente los religiosos de Testigos de Jehová, por lo que fueron perseguidos y acosados sin cesar. Pero tan importantes como los motivos religiosos son los motivos personales de los jóvenes, especialmente en estos momentos en que ha tocado fondo la bancarrota económica y social creada por una dictadura férrea e inflexible que ahoga por completo a la ciudadanía. -Tengo que mantener a mi familia, cultivar mi propio sustento y cuidar de mis mayores, por lo tanto, no puedo abandonar mi hogar para prepararme a una guerra que ni deseo ni necesito para defender a aquellos que me explotan y han roto el contrato social por el cual se creen con el poder de regir mis destinos – o simplemente “no quiero matar ni morir” punto - es lo que está ahora en la mente de los jóvenes cubanos.
Estos tipos de oposición al reclutamiento tienen tanta relevancia en las campañas contra la conscripción como las convicciones políticas. En primer lugar, porque representan argumentos convincentes sobre la importancia de la libertad de cada individuo y el poder de decisión sobre la propia vida; en segundo lugar, porque son generalizados; y en tercer lugar, porque ponen de relieve los horrores propios de la guerra y la vida en una máquina de matar jerárquica e itinerante ―o sea, el ejército― de una manera que es menos abstracta que todos los argumentos ideológicos.
Cuando estos derechos individuales son usurpados o abolidos no hay forma posible de determinar la justicia ni a que tenemos derecho. Por lo tanto, retrocedemos al concepto tribal de que nuestros deseos están limitados sólo por el poder de un grupo, secta, pandilla o partido y para poder sobrevivir en ese tipo de ámbito los hombres no tienen otra opción que temer, odiar y destruirse los unos a los otros. Es un sistema de engaños, de conspiraciones secretas, de pactos, favores y traiciones.
Profundizando en este concepto podemos resumir que un derecho no puede ser violado, excepto por la fuerza física. Un hombre no puede prohibirle a otro que busque su felicidad, ni esclavizarlo, ni privarlo de su vida. Cuando se obliga a un hombre a actuar sin su consentimiento libre, personal, individual y voluntario sencillamente se están violando sus derechos. Con esto podemos establecer una clarísima división entre los derechos de un hombre y los de otro. Es una división objetiva, no sujeta a diferencias de opinión, ni a la decisión de la mayoría, ni a un decreto arbitrario de la sociedad. Ningún hombre tiene el derecho de iniciar el uso de la fuerza física contra otro hombre.
Por eso creemos que la Objeción de Conciencia es la perspectiva y los nuevos horizontes para la juventud cubana y venideras generaciones.
MILITARES CUBANOS OBJETORES DE CONCIENCIA