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Cuba niega ciudadanía a hijos de disidentes nacidos en el exterior


Cuba puso en vigor nuevas reglas sobre adquisición de ciudadanía para hijos de cubanos nacidos en el extranjero.
Cuba puso en vigor nuevas reglas sobre adquisición de ciudadanía para hijos de cubanos nacidos en el extranjero.

La eliminación del requisito de avecindamiento abre la puerta para que cubanos puedan traspasar la ciudadanía cubana a sus hijos nacidos en el extranjero a partir del 1 de enero. No aplican los que se oponen al Gobierno de La Habana.

Cuba fijó nuevas reglas sobre la obtención de la ciudadanía en el caso de los hijos de cubanos nacidos en el extranjero, en virtud de la eliminación del "requisito de avecindamiento" que será aplicado a discreción del gobierno.

Los detalles informados en la Gaceta Oficial incluyen una "disposición especial" según la cual no todos aplican.

"Cuando el interesado, el padre o madre o representantes legales de los menores de edad comprendidos en el presente Decreto-Ley, hayan cometido o realizado acciones contra los fundamentos políticos, sociales y económicos de la nación, se archiva el expediente y se notifica al solicitante", dijo el texto.

El Decreto Ley No. 352 aclara, -no obstante-, que estos menores pueden iniciar el trámite por su cuenta una vez que alcancen la mayoría de edad, siempre y cuando cumplan con las disposiciones del decreto ley.

La eliminación del "requisito de avecindamiento" había sido anunciado previamente en octubre pasado por el canciller Bruno Rodríguez, durante el IV Encuentro de Cubanos Residentes en Estados Unidos.

El nuevo Decreto Ley admite que la adquisición de la ciudadanía por nacimiento para los hijos de cubanos en el extranjero es un "derecho constitucional" consagrado en el artículo 29, inciso C de la Constitución.

Los consulados cubanos y las oficinas de Trámites del Ministerio del Interior tienen 20 días hábiles para remitir los expedientes iniciados a la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, quien se encarga de admitir, denegar o devolver.

Las reglas de EEUU

La nueva norma cubana llega poco después de la publicación el 21 de diciembre de una guía actualizada del Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS), según la cual Estados Unidos no considerará un certificado consular como prueba suficiente de ciudadanía cubana.

El cambio se alinea, -dijo entonces USCIS-, con las leyes cubanas y aplica a las personas que nacieron fuera de Cuba y solicitan el estatus de residente permanente legal en Estados Unidos bajo la Ley de Ajuste Cubano (CAA, por sus siglas en inglés).

USCIS continuará, -no obstante-, aceptando pasaporte cubanos válidos y documentos del Registro Civil Cubano expedidos en La Habana como prueba de ciudadanía.

Los cubanos opinan

Consultados por Radio Martí, cubanos opinaron acerca de la excepción del nuevo decreto ley que deja fuera a los hijos de algunos cubanos por razones políticas.

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"Eso es una violación de la Convención (sobre los Derechos del Niño de la ONU) (...) tu no puedes negarle a un niño la identidad sencillamente por razón que sea y menos política", dijo Dora Mesa, directora de la independiente Asociación Cubana de Desarrollo Infantil.

El artículo 7 de dicha convención estipula que "el niño será inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos".

Además insta a los Estados a velar por la aplicación de este derecho en conformidad con la legislación nacional y las obligaciones contraídas "en virtud de los instrumentos internacionales pertinentes en esta esfera, sobre todo cuando el niño resultara de otro modo apátrida".

Roberto de Jesús Quiñones, abogado independiente en Guantánamo, dijo que "es una aberración" negarle solo por las ideas políticas de sus padres la ciudadanía a hijos de cubanos nacidos fuera de la isla.

"Están culpando a esos muchachos (...) por hechos que no cometieron y que lo cometieron sus padres, que no tiene no tiene ninguna responsabilidad en ello (...) es una persona totalmente inocente de esos hechos", expresó.

El líder del Movimiento Democracia, el cubano Ramón Saúl Sánchez, dijo que es "una aberración jurídica".

"A una persona no se le puede privar de su nacionalidad, si se entiende que el hijo de un cubano que haya nacido en el exterior es también cubano, la aberración es mucho mayor cuando se le priva de su nacionalidad basado en la futura ideología que pueda tener ese niño, basado en la que tiene en el presente su padre", expresó el opositor basado en Miami.

(Con información de la Gaceta Oficial y reporte de Adriel Reyes)

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