El reporte de dos nuevos feminicidios en Cuba, uno en La Habana y otro en Cárdenas, disparó las alarmas de los grupos feministas que llamaron, nuevamente, a las autoridades cubanas a tomar medidas para detener este flagelo.
El primero de estos crímenes ocurrió el 14 de marzo en el municipio capitalino de Playa. La víctima, de 28 años, se llamaba Lisbet Machado. El perpetrador se suicidó tras la agresión. Había sido pareja de la joven y era padre de uno de sus hijos.
Los nombres de las mujeres asesinadas en los tres primeros meses de 2022 son Mailén Guerra García, Mislaidis Carmenate, Darlín García, Yaité Balmaseda Cano, Lisbet Machado, una joven de 21 años en San Luis, Santiago de Cuba, cuyo nombre no está comprobado, Anilec Armas Ramírez y Dayli López Mazo.
“El feminicidio de Daylis López Mazo fue resultado de un asalto con arma blanca, lo incluimos dentro de la categoría de feminicidio social, que es una categoría nueva que hemos adaptado dentro de nuestra metodología y que tomamos del Observatorio Oficial del Gobierno de España”, dijo a Radio Televisión Martí, Yanelis Nuñez del Observatorio de Alas Tensas.
En Cárdenas, Matanzas otra joven de 24 años, Anilec Armas Ramírez, murió el 18 de marzo, tras recibir un disparo de arma de fuego que le atravesó los pulmones. En el hospital no pudieron salvarla, informó a nuestra redacción el opositor Eduardo Pacheco, vecino del padre de la víctima.
“El hombre [del que se desconoce el nombre] tenía una relación con ella. Le disparó con un rifle markabu calibre 22. No se sabe por qué lo hizo. Se dice que fue por celos y otros que el tiro se le escapó. Ahora está detenido”, afirmó Pacheco.
“Estas cifras alarmantes, a sólo tres meses de iniciado el año, sólo vuelven a reafirmar la necesidad de una Ley Integral contra la Violencia de Género, la necesidad de la no criminalización del activismo de mujeres y de hombres, por supuesto, en contra de todo tipo de violencia y la necesidad de tipificar el feminicidio dentro del Código Penal y la toma de acciones urgentes por parte del régimen de La Habana”, indicó Nuñez.
En este sentido, el abogado Eloy Viera Cañive explicó a nuestra redacción que “lo que han exigido las feministas cubanas, durante muchísimo tiempo, es una Ley Integral contra la Violencia de Género al estilo español, donde hay una ley muy parecida y que lo que hace es tipificar conductas, deja sancionar cualquier forma de violencia que tenga como fundamento la discriminación por motivo de género”.
“Esa es una ley que ha sido implementada en países como España, pero que también ha sido discutida ampliamente por un sector, que tiene una visión más conservadora de la realidad y el puritivismo, y que plantea que, con una ley como esta, se atenta contra el principio de presunción de inocencia al que todos los seres humanos tenemos derecho”, apuntó el jurista.
“Además, las feministas cubanas, requerían la necesidad de incorporar el feminicidio como una figura típica del Código Penal cubano. Todo parece indicar que esa petición tampoco se producirá porque el anteproyecto del Código Penal así no lo recoge”.
Al respecto, Núñez indicó que “es lamentable todo lo que está pasando y también es lamentable la inmovilidad del gobierno cubano, donde se evidencia, una vez más, que no le interesa las vidas ni de las mujeres ni de los hombres. El pueblo cubano está sumido en un espacio de vulnerabilidad y las mujeres más”.
“Pero sí hay que decir que el anteproyecto de Código Penal, establece ciertas y determinadas distinciones que pretenden ofrecer medios de defensa contra la violencia de género, que no existían con anterioridad. Y un ejemplo claro es que introduce, como una de las circunstancias ‘cualificantes’ para considerar que existe un asesinato, el hecho de que la muerte de la persona se produzca como resultado de un acto que se fundamenta en la violencia o en la discriminación por motivo de género. Eso es exactamente un delito de asesinato que no llama un feminicidio, pero que siguen penalizando de la misma forma”.
“Quienes hablan de la necesidad de introducción de feminicidio como una figura independiente hablan de dos justificaciones fundamentales: La primera es que se requiere la introducción de este tipo de figura para lograr contabilizar mejor cuántos feminicidios se producen o no, y en un segundo orden también para agravar la pena”.
“Ninguna de las dos justificaciones fundamentales se cumple porqué el hecho de que usted califique una muerte como asesinato, por haberse producido con motivo de un acto de discriminación de género, no le permitirá cuantificar el hecho de que se haya producido un feminicidio, sino que le permitirá cuantificar el hecho de que se ha producido un asesinato”, puntualizó el abogado.
“Y segundo tampoco le permite agravar, especialmente, la pena, porque las penas seguirán siendo las mismas del delito de asesinato en forma general”, aseguró Viera Cañive.
En 2021, Alas Tensas documentó 36 asesinatos de mujeres de los que 29 fueron cometidos por parejas o ex parejas. En 2020, la cifra fue de 32.
El Gobierno cubano no publica registros de estos crímenes.