El Tribunal Municipal de Colón, Matanzas, mantuvo la petición fiscal de mil pesos de multa y sancionó a los opositores Juan Alberto y Bárbaro de la Nuez Ramírez. Ambos estaban acusados de “ultraje sexual”, porque se quedaron en ropa interior a modo de protesta en un calabozo policial.
Los hermanos Juan Alberto y Bárbaro, de 47 y 50 años de edad respectivamente, son integrantes del Movimiento Ciudadano Reflexión y Reconciliación y residen en el municipio Aguada de Pasajeros, provincia de Cienfuegos.
El 7 de marzo del presente año, ambos disidentes fueron detenidos por la policía local de Colón mientras acompañaban a la esposa de un preso político. Al llegar a los calabozos protestaron por haber sido maltratados físicamente, según relataron entonces a Martí Noticias, allí se quedaron en ropa interior -una de las estrategias de protesta de la lucha noviolenta- y fueron acusados de “ultraje sexual.
En el juicio, ni la parte acusadora se puso de acuerdo, explicó Juan Alberto de la Nuez a Radio Martí: “La acusación la hacen dos policías y el policía de la carpeta planteó que en ningún momento nos desnudamos en el lobby y que nosotros estábamos reclamando por qué estábamos detenidos”.
Sin embargo los jueces atendieron más a la declaración de la Policía Nacional Revolucionaria, en la voz de un gendarme encargado de los calabozos, según Bárbaro de la Nuez.
Desde marzo a la fecha los dos hermanos han hecho gestiones para cambiar la garantía procesal a que estaban sometidos.
Los tribunales y fiscalías en Matanzas y Cienfuegos emitían criterios diferentes: en la primera les impusieron un Juicio sumarísimo, que los dejaba sin expediente acusatorio, fecha de ejecución ni derecho a un letrado de defensa. En la segunda la Fiscalía les aprobó, después de siete meses de trámites burocráticos, la contratación de una abogada defensora.
El 4 de abril, casi un mes después de los hechos, los hermanos intentaron entregar una queja oficial a la Fiscalía militar y la Asamblea Nacional del Poder Popular pero no les fue posible entregarla porque fueron detenidos en Aguada de Pasajeros por el oficial de la Seguridad Vladimir Castillo Cicilia.
Este martes la abogada defensora hizo uso del código penal donde se tipifica el delito de ultraje sexual, que no coincide con el acto de protesta de los activistas de derechos humanos pues está indicado contra quienes tienen relaciones sexuales con menores, con personas con problemas neurológicos o hacer exhibiciones impúdicas en lugares públicos.
“¿Qué quiere decir? –argumentó De la Nuez- que no pueden sancionarnos por eso” y asegura que la abogada sopesó que de sancionarlos sería el de “desobediencia o resistencia”, los más comunes a la hora de castigar la diferencia política en Cuba.
[Con audio-entrevista de Yolanda Huerga, de Radio Martí].