La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo Popular declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto a favor de la activista Lizandra Góngora Espinosa y ratificó la sentencia de 14 años de privación de libertad que le había impuesto la instancia territorial occidental por su participación en las protestas del 11 de julio en Güira de Melena, Artemisa.
Góngora Espinosa, nacida en 1985, es madre de cinco menores. Se encuentra confinada en la Prisión de Mujeres de Occidente, ubicada en El Guatao, La Habana.
La vista de casación había sido celebrada el 15 de junio y hasta el pasado martes los encausados no tuvieron acceso a su condena final.
“Está como loca porque es mucha cantidad de años, esa sentencia es para un asesino. Ella pensó que le iban a rebajar un poco. Hasta yo pensé eso porque ella ni tiró piedras ni rompió cristales”, dijo a Radio Televisión Martí, Angel Delgado, esposo de Góngora Espinosa y, al igual que ella, miembro del Partido Republicano de Cuba.
En la sección de los “Hechos probados” del documento de sentencia, el Tribunal asegura que varios de los procesados, entre ellos Góngora Espinosa, forzaron una puerta de la tienda en MLC (Moneda Libremente Convertible) y la desprendieron de la pared. Luego Góngora penetró en el local por la puerta rota, pero los cristales esparcidos le causaron cortaduras en las piernas por lo que lo abandonó sin llevarse ningún producto.
En un video que pudo filmar días antes de su detención, Góngora Espinosa explica que en su pueblo salieron más de tres mil personas y que fueron a la tienda MLC a reclamar los alimentos donados que le estaban vendiendo a la población. Allí resultó herida en una pierna y salió huyendo.
"Estoy sola, estoy a la deriva", afirmó en este video.
El documento del Supremo más adelante aduce que la opositora siempre estuvo al frente del grupo de personas que gritaban frases contra el Partido y el Gobierno.
“Eso es por política. Ellos (el régimen) lo que están tratando de tener el mayor tiempo posible a los opositores presos. Aquí en Güira de Melena los únicos que son opositores declarados, que pertenecen a partidos y organizaciones independientes son Lizandra y Jorge Bello Domínguez. Ellos lo que hicieron fue manifestarse”, apuntó Delgado.
El Tribunal Supremo aceptó los recursos de casación y modificó la sanción a 11 de los convictos en la Sentencia número 42 de 2022, en la que fueron sancionados 33 manifestantes de Güira de Melena a penas de entre 5 y 15 años por cargos de "sabotaje con carácter continuado", “sabotaje”, “desórdenes públicos”, “desacato”, “atentado” y “robo con fuerza”.
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