Surgida al calor de la represión desatada en Cuba a partir de los levantamientos populares que de manera pacífica se dieron en toda la isla el pasado 11 de julio, la iniciativa Justicia 11J ha puesto en marcha la recogida de firmas a través de la plataforma digital Change.org, exigiendo al régimen cubano “Justicia para los manifestantes del 11J”.
“En Cuba, durante los últimos 63 años, quienes han disentido del Estado han sido repudiados y condenados a persecución, acoso, amenaza y reclusión penitenciaria bajo supuestos delitos comunes. El ejercicio de las libertades de expresión, de reunión, de asociación y de manifestación está limitado por políticas discriminatorias que, de desde la misma Carta Magna, anteponen la defensa del Estado al respeto de los derechos humanos y civiles”, dice la solicitud.
Esta petición, iniciada por un grupo de mujeres residentes en La Habana, Cuba, Miami, Maryland y Hartford, Estados Unidos y Valencia, en España, se ampara en los artículos 42; 53; 51; 56 y 61 de la Constitución vigente en Cuba, violados por las autoridades cubanas, y también, en los artículos 8, 9, 19 y 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de la cual, Cuba es signataria.
“El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, firmado por Cuba en 2008; la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, firmada por Cuba en 2007 y ratificada en 2009; la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes, firmada por Cuba en 1986 y ratificada en 1995; la Convención sobre los Derechos del Niño, firmada por Cuba en 1991 y ratificada en 1992”, están incluidas en la solicitud al ser, tal como plantean, compromisos adquiridos por Cuba a nivel internacional y que han sido violados sistemáticamente.
Entre las firmas destacan las de la artista visual Tania Bruguera, la escritora y periodista María Matienzo, la abogada y fundadora de Cubalex Laritza Diversent, la periodista Luz Escobar y las curadoras de arte Anamelis Ramos, Claudia Genlui y Salomé García Bacallao.
Doce son las demandas que ponen “sobre la mesa”, las redactoras del documento que, por su interés, transcribimos de manera textual:
"1-Información relativa al número de personas que han sido detenidas desde el 11 de julio, como consecuencia de las protestas en todo el país. Ello incluye el desglose por género o sexo del número de personas que, hasta la fecha, han sido puestas en libertad, las que permanecen bajo custodia del Estado y en proceso de investigación; así como la ubicación específica de los centros de reclusión donde se encuentran detenidas, y el desglose por cárcel u otro lugar de detención en diferentes puntos del país.
2-Transparencia en los procesos legales y acceso a los registros de carácter público de los centros penitenciarios y del Tribunal Supremo, así como los tribunales provinciales y municipales.
3-Iniciar de oficio procedimientos de revisión en aquellos que ya han recibido sentencia y/o confirmación de las apelaciones.
4-Archivo definitivo con carácter inmediato de todos los expedientes o investigaciones abiertos contra personas que participaron en las manifestaciones del 11 de julio y los días posteriores, incluso de aquellas con procesos abiertos por actos supuestamente violentos, en base a que los manifestantes no cometieron delito, sino que reaccionaron en legítima defensa a la orden de combate dada por el presidente.
5-Sobreseimiento libre y total con carácter inmediato de todos los procesos que estén en manos de la Fiscalía, así como de los casos que ya fueron presentados por la Fiscalía al tribunal, sin que se haya efectuado juicio.
6-Sobreseimiento libre y total o indulto para las 152 personas declaradas por Prisoners Defenders como presos y condenados políticos en su informe del 1 de julio.
SOLICITAMOS, ADEMÁS, con el objetivo de establecer garantías para la restauración de derechos y la no repetición de estas violaciones:
6-La aprobación inmediata del Decreto Ley sobre el derecho a la reunión y manifestación incluido en el cronograma legislativo aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular para el año 2021, con un marco que regule y no penalice este derecho, en consonancia con las cartas y tratados internacionales de los que el estado cubano es signatario.
7- Como consecuencia, la derogación de los artículos 208 y 209 de la Ley No. 62, Código Penal:
“ASOCIACIONES, REUNIONES Y MANIFESTACIONES ILÍCITAS”
ARTÍCULO 208.1.- El que pertenezca como asociado o afiliado a una asociación no inscripta en el registro correspondiente, incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres meses o multa hasta cien cuotas. 2. Los promotores o directores de una asociación no inscripta incurren en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas.
ARTÍCULO 209.1.- El que participe en reuniones o manifestaciones celebradas con infracción de las disposiciones que regulan el ejercicio de estos derechos, incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres meses o multa hasta cien cuotas. 2. Los organizadores de reuniones o manifestaciones ilícitas incurren en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas.
8-La aprobación inmediata de la Ley de Reclamación de Derechos Constitucionales ante Tribunales incluida en el cronograma legislativo aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular para el año 2021, en consonancia con las cartas y tratados internacionales de los que el estado cubano es signatario.
9-La aprobación inmediata de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información incluida en el cronograma legislativo aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular para el año 2021, en consonancia con las cartas y tratados internacionales de los que el estado cubano es signatario.
10-El ofrecimiento a los menores de edad, con posterioridad a la medida de restitución de libertad que corresponda, de acompañamiento psicológico y garantías que velen por su sana incorporación a los espacios de pertenencia (centro de estudio o de trabajo).
1-El ingreso de organizaciones internacionales como Amnistía Internacional y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con intención de que puedan inspeccionar el estado de los centros de reclusión de todo el país.
12-Una disculpa pública y el reconocimiento por parte del presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, de que la detención de estas personas estuvo motivada por la práctica sistemática del estado cubano de violar el principio de igualdad al criminalizar el derecho a la libertad de opinión y de expresión, así como a la libertad de reunión y de asociación pacíficas, de los sectores de la sociedad críticos a su administración.
INFORMAMOS que la publicación de esta CARTA supone:
La redacción inmediata de una propuesta de Ley de Amnistía que recoja las demandas detalladas en los puntos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de este documento;
La creación inmediata de una articulación ciudadana para la incidencia política sobre las y los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) para la aprobación de dicha Ley de Amnistía, reconociendo esa instancia como “el órgano supremo del poder del Estado” que “representa y expresa la voluntad soberana de todo el pueblo y es el único órgano con potestad constituyente y legislativa en la República”.
La creación inmediata de una articulación ciudadana para promover la creación de una Comisión de Verdad y Reconciliación, con el propósito de investigar, enjuiciar y sancionar a los responsables de incitar y ejercer de forma excesiva la violencia, del uso de la fuerza y armas de fuego, así como de la práctica de desapariciones forzadas, torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, en el contexto de las protestas del 11J y la oleada represiva de las semanas siguientes".